En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por la ciudadana Merita Prado de Jokim, titular de la cédula de identidad Nº V-5.211.798, actuando en su carácter de representante legal de LA PRINCESA C.A., asistida por el contador publico Elías Eduardo Aguilar, inscrito en la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela bajo el Nº C.P.C. 3.479, plenamente identificados.