En virtud de las consideraciones previamente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado en fecha 21 de junio de 2013, por los Profesionales del Derecho, LUIS RAFAEL MELÉNDEZ GARCÍA y GIGLIOLA ANTIDORMI PÉREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 90.001 y 90.237, respectivamente, contra la Sentencia proferida por este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 11 de junio de 2013. Y así se decide.