DISPOSITIVA
Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se ADMITE la acusación presentada por el Ministerio Público. SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas promovidas por el Ministerio Público. TERCERO: Se ordena la comparecencia de las partes en el presente asunto, tanto la victima como el imputado, ante el EQUIPO INTERDISCIPLINARIO DE LA SECCION DE VIOLENCIA, a los fines de se realice la VALORACION SOCIO-ECONOMICA de ambos, y determinar la procedencia de la medida contenida en el ordinal 11 del articulo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. CUARTO: Se ratifican las medidas de protección y seguridad contenidas en el artículo 87 numerales 5 y 6 de la mencionada ley. QUINTO: Se ratifican las medidas cautelares establecidas en el articulo 92 ordinal 8vo, en concordancia con el a.....