DISPOSITIVA
En mérito a las razones que anteceden, este Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a los fines de legalizar la detención del imputado en autos realizada al amparo del artículo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara procedente la petición de la Fiscalía del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, y se DECRETA:
PRIMERO: se acuerda la Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado up supra identificado, JOSE ANTONIO FRIAS MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15666775, venezolano, nacido en Barquisimeto, Estado Lara, en fecha 21-04-1982, de 29 años de edad, vigilante, hijo de Luís Frías y María Mendoza, domiciliado en la Calle 1 entre ver.....