Este Juzgado Nacional Segundo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. DECRETA LA EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la sentencia Nº 2019-00289, dictada por este Órgano Jurisdiccional mediante la cual declaró: "(...) 1. CON LUGAR la demanda por abstención interpuesta por la ciudadana YOCHCELIN ALFONZO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.557.525, actuando en su propio nombre y representación, contra la SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA (SUDEASEG). (...) 2. Se ORDENA al Superintendente de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG), dar respuesta a la solicitud formulada por el accionante y recibida por la superintendencia en fecha 27 de agosto de 2021, en los términos expresados en la motiva del presente fallo". (Negrillas y mayúsculas del original)
2. Se FIJA un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a la notificación, para que la Superintendente de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG) dé cumplim.....