Con fundamento a la solicitud de Aclaratoria de Sentencia (folio 24 y su vuelto. pieza segunda), formulada por el Dr. Seilan Lockibi, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de Agapito Vergara y suficientemente identificado en autos, con fundamento igualmente a los artículos 26 (Justicia Equitativa, Expedita y sin Formalismos) y 257 (la Justicia como fin fundamental del proceso y eficacia procesal con primacía de la justicia sobre la omisión de formalidades no esenciales) Constitucionales, en concordancia con los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y salvaguardando los principios fundamentales contenidos en los artículos 2 ejusdem, se dicta la presente ACLARATORIA DE SENTENCIA como sigue:
¿ Al folio 24 de la pieza segunda, el solicitante de la presente aclaratoria señala que en la sentencia definitiva publicada el 18 de agosto del 2004, en sus consideraciones finales, aparte CUARTO, se declaro procedente el preaviso reclamado por la antigüedad comprendi.....