Conforme a lo expuesto este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy el 27 de abril 2005, que declaró con lugar la pretensión de amparo constitucional interpuesta por los abogados Héctor León Escalona González y Josefina Maria Gómez Cauro, identificados con cédulas Nos. 11.648.851 y 7.918.954, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nos. 94.815 y 67.598, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de CARAMBOLA TOYS, C.A., contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY.