"...este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PRESCRIPCION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA, en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los ciudadanos: RODOLFO PLAZ ABREU y JUAN DOMINGO ALFONZO PARADISI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, Abogados es ejercicio, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 12.870 y 28.681, respectivamente, en fecha 29 de Noviembre de 1993, procediendo con el carácter de Apoderados Judiciales de la empresa "PROMOTORA LAS GARZAS, C.A.", Sociedad Mercantil ampliamente identificada en la parte narrativa del presente en contra de la Resolución N° 267, de fecha 25-10-1993, emitida por la Dirección de Administración Tributaria del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, mediante la cual: (1): Se confirmó tácitamente un reparo formulado a la contribuyente "PROMOTORA LAS GARZAS, C.A.", por la cantida.....