por cuanto no ha sido posible la integración del Tribunal Mixto por las razones ya señaladas, ocasionándose así retardo procesal que atenta contra los derechos de las partes, conforme a las normas antes mencionadas y la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la cual es vinculante para los Tribunales Penales, aunado al hecho que el acusado solicito además la constitución del Tribunal en Unipersonal, es por ello que este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, DECLARO CONSTITUIDO EL TRIBUNAL UNIPERSONAL en audiencia oral en causa seguida al acusado JOHAN JOSE ARCILA ARCILA, y en consecuencia se fijó el Juicio Oral y Público para el día 03-11-2008 a las 11:30 horas de la mañana de acuerdo a la fecha aportada por la Oficina de la Agenda única llevada por este Circuito Judicial PenaL