CAPITULO V
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación formulado la representación judicial de la co-demandada SERVICIOS PROFESIONALES DE SALUD C.A. SPS BIENSA CA Y ROMIS, CA., contra el auto dictado en fecha 12 de junio de 2012, por el Juzgado 15° de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el cual emitió pronunciamiento de las pruebas promovidas por la parte demandada. SEGUNDO: Se ordena al mencionado Tribunal a quo proceda a la admisión de la prueba de Informes al SENIAT y al SAIME, en los términos que serán determinados en la sentencia documental, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo del presente asunto, de.....