Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: LA EXISTENCIA DE UNA CUESTIÓN PREJUDICIAL, que debe ser resuelta en un proceso distinto, por lo que se ordena SUSPENDER el presente procedimiento hasta tanto conste en autos la constancia que la decisión administrativa presentada en forma sobrevenida haya quedado definitivamente firme, o la resolución definitiva de la eventual acción de nulidad según sea el caso, en los términos que se exponen en la motiva de la sentencia. Todo ello con motivo a la demanda que intentara Jesús Alberto Carvallo Rodríguez contra la Organización Marketing Mix, C.A., por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.