Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano JOSE GILBERTO MORALES HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 4.759.810, contra la vía de hecho generada por la ALCALDÍA METROPOLITANA DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En consecuencia:
PRIMERO: SE DECLARA PROCEDENTE de la vía de hecho generada por la ALCALDÍA METROPOLITANA DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual excluyó de la nómina de trabajadores activos al ciudadano JOSE GILBERTO MORALES HERRERA, antes identificado.
SEGUNDO: SE ORDENA LA REINCORPORACIÓN del ciudadano JOSE GILBERTO MORALES HERRERA, antes identificado, al cargo que venía desempeñando, o a otro de similar o superior jerarquía y remuneración.
TERCERO: SE ORDENA a la ALCALDÍA METROPOLITANA .....