Esta Alzada en aras de garantizar el principio de verdad o realidad material y con la finalidad de cumplir con su labor jurisdiccional al momento de emitir su decisión, ORDENA oficiar al Juzgado Superior Estadal Séptimo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital dentro del lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de que se consigne la información solicitada. Así se decide.