Este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la solicitud de revocatoria de la medida cautelar sustitutiva de libertad solicitada por la Fiscal y en consecuencia decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, conforme lo previsto en el artículo 250 y 251 ordinal 4to.del Código Orgánico Procesal Penal con la consecuente orden de captura en contra del acusado ROLANDO HUMBERTO CONTURSIO, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V- 4.460.040, natural de Valle de la Pascua, fecha de nacimiento 03-07-1953, de profesión comerciante, hijo de Rolando Contursio y Ernestina Galindo, domiciliado en la Urb. Los naranjos. Edif. Veliz, 4to. Piso, Apto. 4-B, antes de llegar al Parque negra Hipólita, Av. 137, Valencia estado Carabobo a los fines de que sea ingresado al internado Judicial Carabobo y posteriormente trasladado a la sede de .....