Por lo anteriormente expuesto, Este Tribunal Quinto de Juiciodel Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLINA LA COMPETENCIA de la presente causa al Tribunal de Juicio Nº 02, a fin de que se proceda a su Acumulación con el Asunto Nº KP01-P-2008-009303. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 77, en concordancia con el 70 ordinal 4º y 73 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese. Publíquese. Líbrese oficio remitiendo la causa. Cúmplase.-