Se declaró INADMISIBLE la demanda de Partición, Liquidación de Bienes de la Comunidad Conyugal y Nulidad de Documento, por cuanto ambas pretensiones (PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL y NULIDAD ABSOLUTA DE DOCUMENTO) se excluyen mutuamente en cuanto a sus procedimientos, por lo tanto resulta jurídicamente imposible intentarlas mediante un único escrito libelar.