V PARTE  DISPOSITIVA
           En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República  Bolivariana de Venezuela  y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR  la acción de DESALOJO intentada por la Sociedad Mercantil H.L. BOULTON & Co, S.A. contra la Sociedad Mercantil ESSENTIUM GRUPO, S.L SUCURSAL VENEZUELA, C.A. En consecuencia,  se declara extinguido el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes y cuyo objeto es el inmueble identificado como: "Oficina Nº 204, de superficie aproximada doscientos ochenta y nueve metros cuadrados (289 mts2), situada en el piso dos (2) del Edificio Cavendes, ubicado con frente a la Avenida Francisco de Miranda, Urbanización Los Palos Grandes, Municipio Chacao, Caracas".  Se condena a la parte demandada a lo siguiente:
           PRIMERO: Hacer entrega a la parte a.....