En virtud de los razonamientos anteriores, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declare extinguida la acción penal y en consecuencia se decreta el Sobreseimiento de la Causa, a favor del ciudadano: Joel Antonio Galíndez, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 ordinal 6° en concordancia con el artículo 318 ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena la libertad plena del acusado desde la sala de audiencias.
Publíquese, regístrese.