este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCIÒN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN, para los ciudadanos YOISE TOMÁS HERNÁNDEZ CEDEÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº. 14.288.777, residenciado en Entradas Las Cocuizas, calle Porvenir, casa Nº 22, Maturín, Estado Monagas; JOSÉ FRANCISCO MANRIQUE ROJAS, titular de la Cédula de Identidad Nº. 11.995.657, residenciado en Río Oro, Residencias Caronì Plaza, Lote C-5, Apartamento Nº 2-1, Puerto Ordaz, Estado Bolívar; y JOSÉ GREGORIO ROMERO MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº. 12.875.169, residenciado en la calle Piar, Edif. La Chinita, piso 3, apartamento Nº 9, Maturín, Estado Monagas; por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente para la fecha de comisión de los hechos, en perjuicio del Es.....