Este Tribunal Superior Sexto Contencioso Tributario administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso, por resultar procedente la delación relativa a la aplicación del artículo 99 del Código Penal en el cálculo de la sanción impuesta, resultando improcedentes las delaciones referidas al falso supuesto, violación del principio de la legalidad y de la reserva legal y la aplicación de la eximente de responsabilidad penal tributaria referida al error de hecho o de derecho excusable, interpuesto en fecha nueve (09) de octubre de dos mil siete (2007)