DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto , Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley acuerda La Sustitución de la Medida de Privación de Libertad, por la medida de Semilibertad, prevista en el artículo 620 literal e) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por el lapso de cuatro (04) meses; a favor de la adolescente DATOS OMITIDOS, antes identificada; y que deberá cumplir la medida de Semilibertad, en el Centro Socio Educativo de Hembras de Barquisimeto en el horario de viernes a las 6:00p.m hasta el domingo a la misma hora, que finaliza el día 11-05-2010. Se le notifica a la sancionada que el incumplimiento de la medida dará lugar a su revocatoria y en su lugar la privación de libertad, de conformidad con el artículo 628 parágr.....