Se dictó y publicó decisión mediante la cual, se declaró competente a la CSCA, para conocer en primer grado de jurisdicción, la demanda de nulidad interpuesta por el apoderado judicial de la sociedad mercantil INDUSTRIA VENEZOLANA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE CONSUMO, KONSUMA DE VENEZUELA, S.A. contra el acto administrativo dictado por CADIVI; admitió la referida demanda; ordenó notificar a los ciudadanos FGR, PGR, Ministro del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública, Presidente de CENCOEX y Presidente de CADIVI, a quien se le solicitaron los antecedentes administrativos del caso; se ordenó que una vez consten en autos las notificaciones ordenadas se remitirá el exp. a la CSCA, para que fije la audiencia de juicio conforme a lo previsto en el art. 82 de la LOJCA.