Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulado por los ciudadanos KARELIA BERNALDA ZABALA GARRIDO Y RONALD ALEJANDRO GONZÁLEZ GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.338.069 y V-14.774.417 respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 24 de abril de 2009, por ante el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso Municipio Libertador del distrito capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 042 del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.