DECISION:
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA, desarrollada por la ciudadana YOLANDA YEPEZ, titular de la Cédula de Identidad V- 10.847.408, sobre un Fundo Agrícola denominado "VALLE HERMOSO" ubicado en la Avenida Principal Tamaca detrás del Estadium Carlos Daza del Municipio Iribarren del Estado Lara, con una superficie de VEINTINUEVE HECTAREAS (29 HAS), cuyos linderos son los siguiente: NORTE: Terrenos ocupados por transporte Sollo, Julio Contreras, Ramón González y Antonio María Uranga; SUR: Terrenos ocupados por Caserío San Antonio; ESTE: Vía el Cují Valle Hondo y OESTE: Caserío San Antonio vía el Cují, Parroquia Tamaca, Municipio I.....