1.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados Francisco A. Mujica Boza y Juan Francisco Mujica Pereira, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 17.143 y 224.946, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana GLORIA ELENA DÍAZ DE KHATCHERIAN, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.561.319, contra la decisión de fecha 16 de febrero de 2018, dictada por el Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la acción de habeas data interpuesta contra el BANCO CONFEDERADO, S.A., fusionado con el actual BANCO BICENTENARIO DEL PUEBLO DE LA CLASE OBRERA, MUJER Y COMUNAS, BANCO UNIVERSAL, C.A.
2.- CONFIRMA la sentencia de fecha 16 de febrero de 2018 dictada por el Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.