DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, dicta los siguientes pronunciamientos:------------------------------------------------------------------------------------
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el presente Recurso de Apelación interpuesto por la defensa del ciudadano DIEGO ANTONIO VALOR, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Vigésimo Cuarto en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 15 de Diciembre de 2.006.---------
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida, correspondiente al Pronunciamiento TERCERO dictado por el Tribunal Vigésimo Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 15 de Diciembre de 2.006, durante la celebración de la Audiencia Preliminar; pero con la variante de imposición de TREINTA (30) UNIDADES TRIBUTARI.....