DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por la ciudadana MELBA MENA HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N°.8.675.817, debidamente asistida por la abogada MONICA CHAVEZ SANDOVAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 70.910, en consecuencia a los fines de una tutela cautelar efectiva se ORDENA a las autoridades de la Gobernación del Estado Miranda, se abstengan de realizar cualquier actuación que tenga por finalidad el cambio nominal de la ciudadana MELBA MENA HERNANDEZ, o transferencia de la misma de su lugar de adscripción, mientras dure el periodo de maternidad, incluyendo el reposo pre y el post-natal, y hasta tanto se decida el recurso principal; ello en virtud de la protección que este Juzgado otorga en el presente caso a la familia y al que está por .....