VI
DE LA DECISIÓN
Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta lo siguiente:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos LUIS ALFREDO RUEDA MARTINEZ y GLORIA COROMOTO NARBONA DE RUEDA, contra la sentencia de fecha 27 de septiembre de 2005 dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se anula el fallo de fecha 27 de septiembre de 2005 dictado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, por vulnerar el derecho a la defensa, el debido proceso y lesionar la tut.....