Se constituyó el Tribunal a las puertas de un inmueble constituído por un Apartamento distinguido con el N° 4-A, ubicado en la Segunda Planta de la Torre "A" del Edificio Avellana del Conjunto Residencial LAS SEMILLAS, Urbanización El Morro, Sector Este, Municipio San Diego del Estado Carabobo, a los fines de practicar la medida Ejecutiva de Embargo decretada por el comitente, en compañía del Abogado YEISMAR GERARDO CARRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 104.199, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano SAMUEL GERARDO COLMENAREZ RAMIREZ. Se designó depositaria judicial y perito avaluador. Se practicó EMBARGO EJECUTIVO del inmueble avaluado en CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,00). Se fijo cartel a las puertas del mismo y se ordenó oficiar lo conducente al resgistro respectivo.