CAPITULO V
DECISIÓN
Con fundamento a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial, Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara con Lugar la Partición de Bienes de la Comunidad Conyugal referidas al bien consistente en unas Bienhechurías ubicadas en la Urbanización la Sorpresa que forman la Faja II de la Urbanización Municipal Arauco, en la ciudad de Puerto Cabello, cuyos linderos son: Norte: Con casa No.34, propiedad Municipal, ocupada por José Pérez, en una extensión de 14,26 Mts; Sur: Con terrenos que forman parte de la Sucesión Fanny Hernández; Este: Con la Segunda Avenida de Barrio Cartón, hoy avenida 50 en 10,60 Mts; y Oeste: Con terreno y casa que forma parte de la Sucesión de Fanny Hernández, las cuales consisten en Una (01) Casa de habitación famili.....