V
DECISIÓN
En razón de lo expuesto considera este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ADMISIBLE el Recurso Extraordinario de Casación, anunciado por el abogado en ejercicio ARGENIS FLORES, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro., 16.122, en su carácter de apoderado judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE ROMERO, C.A., arriba identificada, parte demandante,, contra la sentencia dictada en fecha siete (07) de diciembre de 2023.
De conformidad con lo previsto en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, se deja expresa constancia que el último día para anunciar el Recurso de Casación fue el día veintiséis (26) de febrero de 2024, por lo que este Juzgador da certeza que hoy es el primer día de despacho después de haber vencido e.....