Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, interpuesta por el ciudadano LUIS GIOVANNI ESCOBAR,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.864.770, asistido por el abogado CARLOS ORLANDO RANGEL, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 200.326, contra la ciudadana CARMEN ALIDA MONASTERIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.058.145, en consecuencia, se DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde fecha once (11) de Diciembre de 1980, cuando contrajeron matrimonio ante la Prefectura del Municipio Tocuyito, Estado Caraobobo ( Hoy Oficina de Registro Civil del Municipio Libertador, Estado Carabobo), Así se Decide.