Este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, corrige de oficio la sentencia antes referida, dictada por este Órgano Jurisdiccional, toda vez que, donde se lee "(...)Publíquese y regístrese. Déjese copia de la presente decisión. (...)", debe leerse del modo siguiente: "(...) Publíquese y regístrese. Archívese el presente expediente. Déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado. (...)"..
Publíquese y regístrese. Archívese el presente expediente, a los fines legales consiguientes. Déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.