Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JOSE JOEL GOMEZ CORDERO, en su carácter de defensor del ciudadano JESUS ALBERTO MENA, en contra de la decisión dictada en fecha 25 de Febrero de 2009, por el JUZGADO VIGESIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual “DECLARA SIN LUGAR la SOLICITUD DE NULIDAD ABSOLUTA DEL ACTO DE CELEBRACION DE AUDIENCIA PARA OIR AL IMPUTADO interpuesto por el Abg. JOSÉ JOEL GOMEZ, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano JESUS ALBERTO MENA, toda vez que se evidencia en la presente causa, la violación flagrante de derechos y garantías fundamentales previstos en el Código Orgáni.....