Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE SOBREVENIDAMENTE para conocer el presente Recurso de Nulidad interpuesto por el abogado LUIS CRUCES TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.098.138, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 54.970, actuando con carácter de apoderado judicial de la Sociedad de Comercio METRO DE VALENCIA, C.A., interpuso Recurso de Nulidad contra la providencia administrativa Nº 0345-2009, de fecha 02 de septiembre de 2009, emitida en el Expediente Nº 069-2009-01-00204, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL MUNICIPIO VALENCIA, PARROQUIAS SOCORRO, SANTA ROSA, LA CANDELARIA, MIGUEL PEÑA, MUNICIPIOS LIBERTADOR, BEJUMA, MONTALBÁN, MIRANDA Y CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO.
2. En consecuencia, se DECLINA la comp.....