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se dicto auto resolución mediante el cual REVOCA por contrario imperio el auto dictado en fecha 13 de Marzo de 2017, que negó la apelación ejercida, y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado OYE DICHA APELACIÓN EN UN SOLO EFECTO y se ordena la remisión de las copias certificadas que señale la parte apelante así como las que indique el Tribunal, pertenecientes al presente asunto.