Por los fundamentos expuestos esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional de derecho GUSTAVO MELENDEZ PÉREZ, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos ISAEL SALAZAR GUTIÉRREZ, EDWIN CAAL DYXLI y FELIPE RICO MIRA titulares de las cédulas de identidad números: V- 29.684.613, E-2674877971601 y E- 79.128.447.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 120-2017 de fecha 03 de febrero del 2017, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal con competencia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Santa Bárbara.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Tercera del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en Maracaibo, a los veintisiete (27) días del mes .....