Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, sociedad mercantil SERVICIO DE AGUAS NEGRAS ESTANCADAS COMPAÑÍA ANÓNIMA (SERVIDANE C.A.) y el ciudadano GIOVANNI LORENZON CARLETTO; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 29 de abril de 2011 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró SIN LUGAR la demanda por indemnización de daño material y moral interpuesta por la sociedad mercantil SERVICIO DE AGUAS NEGRAS ESTANCADAS COMPAÑÍA ANÓNIMA (SERVIDANE C.A.) y el ciudadano GIOVANNI LORENZON CARLETTO, en contra de la sociedad mercantil INDUSTRIA VENEZOLA.....