Primero: Se ADMITE conforme a lo previsto en el artículo 439 numeral 5 en relación con el encabezamiento del artículo 442 y 518 todos del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto el 11 de febrero de 2016, por la abogada ELBA HAGER OLIVEROS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 20.028, quien manifiesta actuar en su carácter de Defensora Privada de los ciudadanos CLAUDIO COLOMBO MOROTTI, titular de la cédula de identidad Nº V-15.164.044 y ZUJAIL JOSEFINA FLORES CHACON, titular de la cédula de identidad Nº V-8.762.239, y Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil "Unidad Quirúrgica 57, C.A" (Clínica Platinum), quien recurre de conformidad con lo establecido en el artículo 439 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 26 de enero de 2016, por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cu.....