En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Decimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella funcionarial interpuesta por el abogado JESÚS DANIEL PÉREZ MARTÍNEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 32.816, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano WILLIAMS ALBERTO VASQUEZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.242.972, mediante la cual solicita en su escrito libelar la nulidad absoluta del acto administrativo emitido en fecha 22 de diciembre de 2000, Moción de Urgencia I, donde se levantó la sanción sobre la homologación de pagos a los miembros de las Juntas Parroquiales, aprobadas en sesión del 28.11.2000, con efecto retroactivo a partir del 01 de enero de 2000, y se le reconozca el pago de todos y cada uno de los beneficios contraíd.....