Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano FREDDY FRANCISCO CAMACARO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 4.285.393, asistido por la abogada HERMYLA FAGUNDEZ ACOSTA, contra de la Alcaldía del Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda. En consecuencia:
PRIMERO: SE ORDENA al Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda proceda al reajuste de la jubilación del querellante, a partir del 01 de mayo de 2014, en virtud del Decreto Presidencial No. 935, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, No. 40.401, de fecha 29 de abril de 2014, en el cual se fijó un aumento de 30% del salario mínimo.....