:  PRIMERO: ACUERDA  que la presente investigación se siga por la vía ordinaria por cuanto faltan innumerables diligencias que practicar  de conformidad con el articulo 373 del Código Orgánico Procesal  Penal  y se remitan las actuaciones  a  la Fiscalía 122° del Ministerio público. SEGUNDO SE ACOGE la precalificación dada   a los hechos  por la representación Fiscal VENTA DE ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD  A PRECIOS  SUPERIORES, previsto y sancionado en el articulo 107 de la Ley  de Protección al consumidor y al Usuario . TERCERO ACUERDA medida cautelar sustitutiva de libertad  a los imputados autos ,  de conformidad con el articulo  256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal  Penal , específicamente: Presentaciones ante la sede e de este Tribunal cada 8 días ante la sede del Tribunal, es todo”. Conforme a lo previsto en el artículo 175 del  Código Orgánico Procesal Penal, se declara concluida la audiencia quedando las partes notificadas con la lectura  y firma de la presente ac.....