DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la ley, declara:
CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la codemandada. Queda en estos términos REVOCADA la decisión recurrida por la sociedad de comercio C.V.G "ELECTRIFCACIÓN DEL CARONI", C.A (EDELCA).
Se REVOCA el Acta recurrida de fecha 11 de marzo del año 2009.
Notifíquese la presente decisión al Tribunal de la recurrida.
Se ordena remitir el expediente al Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de la fijación de la Audiencia Preliminar, en el entendido que el acto de apelación dio por notificada a las partes por encontrarse presentes y en consecuencia a derecho.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, f.....