Este Tribunal ordena SUPENDER LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR , sobre el 50% de los derechos y acciones que le pertenecen al ciudadano ISMAEL SANTIAGO VIRGUEZ RODRIGUEZ, decretada por ante este Tribunal en fecha 02 de diciembre de 2008, y Oficie lo conducente a la OFICINA DE REGISTRO PUBLICO DE LOS MUNICIPIOS NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO. Para la obtención de la copias se comisionó a la ciudadana Elizabeth Díaz, asistente Judicial de este Tribunal todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil.-