V
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
- SIN LUGAR la oposición presentada en fecha 10 de agosto de 2012, por el abogado Freddy Josué Duque Ramírez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 28.321, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HENRI FALCÓN FUENTES, titular de la cédula de identidad Nro. 7.031.234, en su condición de GOBERNADOR DEL ESTADO LARA, a la medida cautelar innominada decretada por este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en fecha 4 de julio de 2012, en la demanda de nulidad, interpuesta por los ciudadanos ORLANDO RAMÓN MIRANDA BENOT y JOHNNY GREGORIO NARVAEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.260.871 y 17.260.871, en ese orden, en su condición de PRESIDE.....