, así como del contenido del despacho de Entrega Material, decretado por el Juzgado Comitente, manifestando la misma de que el inmueble objeto de la Entrega Material se encontraba totalmente libre de bienes y personas, en virtud de que la notificada residía en la vivienda, permitiendo el libre acceso a dicho inmueble. Seguidamente este Tribunal procedió al recorrido en el interior del inmueble, constatando de que se encontraba totalmente desocupado. En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, materializa la desposesión jurídica del inmueble