Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
1.- DESISTIDO los Recursos de Apelación aquí propuestos.
2.- Ordena la remisión de este expediente al Tribunal de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
3.- Notifíquese al Tribunal de Juicio remitente
4.- No hay condena en COSTAS, dada la naturaleza del fallo