En virtud de las consideraciones previamente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado en fecha 23 de junio de 2011, por el Profesional del Derecho RAFAEL MUJICA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 102.041, contra la Sentencia proferida por este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 15 de junio de 2011.