PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto el 20 de enero de 2016, por el abogado JULIO CESAR AZOCAR RONDÓN, Fiscal Auxiliar Interino Centésimo Quincuagésimo Cuarto (154º) de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con competencia para intervenir en las fases intermedia y de juicio oral.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión dictada el 14 de enero de 2016, por el Tribunal Décimo (10º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual desestimó el escrito de acusación interpuesto por el Ministerio Público y decretó el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano DANNY ENRIQUE CARRERA CUMARE, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Municiones.