Ahora bien, del análisis del presente Asunto deben observarse diversas disposiciones legales y constitucionales:
Así las cosas, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consagra en su artículo 26, el acceso a la justicia, donde toda persona tiene derecho a acceder para hacer valer su derechos e intereses, inclusos los colectivos y los difusos. Artículo que, concatenado con el Artículo 49 de la misma disposición constitucional nos señala que: El debido proceso se aplicará en todas las actuaciones judiciales y administrativas y en consecuencia todas las personas tienen derecho a ser juzgados por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias, o especiales, con las garantías establecidas en la Constitución y las leyes.
En este mismo orden de idea, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, señala claramente el procedimiento a seguir en los casos donde se ventilen asuntos de materia laboral.
De esta manera, la mencionada disposición legal señala en su artículo 17 la .....